Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados y Pensionistas del Uruguay

Vivienda.

Esta prestación consiste en la adjudicación de una vivienda en los complejos de BPS a los aspirantes inscriptos en el Programa de Soluciones Habitacionales.

Beneficiarios

Jubilados y pensionistas de BPS con residencia permanente en el país

Restricciones

  • Ser pensionista a la vejez e invalidez de BPS
  • Ser propietario, copropietario, usufructuario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador o titular de otros programas de vivienda públicos o privados.
  • Percibir ingresos nominales superiores al tope reglamentario, equivalente a 12 UR.

Derecho a percibir

Entrega de una vivienda del BPS en comodato, construida por el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA).

Tramitación

Descargar: Ficha de trámite soluciones habitacionales (.pdf 88 KB)

Consultas

Puede comunicarse telefónicamente al 1997 o 21997 desde el interior.

En Montevideo: Prestaciones Sociales, 18 de Julio 1720 planta baja, de lunes a viernes de 09:15 a 16:00 h.

En el interior del país: en sucursales y agencias del BPS, a través de la asistente social del departamento o de la zona geográfica respectiva.

Subsidio de alquiler

Es la adjudicación de un subsidio para arrendamiento de una vivienda, con similares características que las existentes en los complejos de BPS, a los aspirantes inscriptos en el Programa de Soluciones Habitacionales.

Beneficiarios

Jubilados y pensionistas de BPS con residencia permanente en el país

Restricciones

  • Pensionistas a la vejez e invalidez.
  • Ser propietario, copropietario, usufructuario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador o titular de otros programas de vivienda públicos o privados.
  • Percibir ingresos nominales superiores al tope reglamentario, el equivalente a 12 UR

¿Cómo realizo el trámite?

El aspirante al Programa de Soluciones Habitacionales no puede solicitar el mismo, será otorgado en base a requisitos establecidos en la reglamentación vigente, el cual estará determinado por estudios previos y su posterior aprobación.

Derecho a percibir

BPS arrendará una vivienda y le hará entrega de la misma a través de un comodato al beneficiario del Programa.

Consultas

Puede comunicarse telefónicamente al 1997 o 21997 desde el interior.

En Montevideo: Prestaciones Sociales, 18 de Julio 1720 planta baja, de lunes a viernes de 09:15 a 16:00 hs.

En el interior del país: sucursales y agencias del BPS, a través de la asistente social del departamento o de la zona geográfica respectiva.

Cupo cama

Es la adjudicación de un subsidio para el pago de los servicios de un hogar o residencia para los adultos mayores inscriptos en el Programa de Soluciones Habitacionales.

Beneficiarios

Jubilados y pensionistas de BPS con residencia permanente en el país

Restricciones

  • Ser pensionista a la vejez e invalidez de BPS
  • Ser propietario, copropietario, usufructuario, titular de derecho de uso y habitación, promitente comprador o titular de otros programas de vivienda públicos o privados.
  • Percibir ingresos nominales superiores al tope reglamentario, el equivalente a 12 UR.

Derecho a percibir

Aprobados los estudios técnicos realizados por la Gerencia de Servicios Sociales que determinan la no autoválidez del beneficiario, se realiza el ingreso del mismo en un hogar o residencia para adultos mayores, el cual atenderá sus necesidades de acuerdo a su situación.

Consultas

Puede comunicarse telefónicamente al 1997 o 21997 desde el interior.

En Montevideo: Prestaciones Sociales, 18 de Julio 1720 planta baja, de lunes a viernes de 09:15 a 16:00 hs.

En el interior del país: sucursales y agencias del BPS, a través de la asistente social del departamento o de la zona geográfica respectiva.