Detrás de cada norma y de cada prestación de seguridad social hay hombres y mujeres que realmente pusieron el cuerpo para que el trabajo dignifique y no destruya. En ese espíritu, hoy quiero hablarles de una prestación que muchos trabajadores desconocen y que puede cambiar significativamente el horizonte de su retiro: la jubilación anticipada por desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes.
¿Qué es esta jubilación?
Se trata de una prestación contributiva en dinero que reconoce que no todos los trabajos generan el mismo desgaste. Quien pasó décadas cargando materiales en una obra o trabajando bajo el sol en el campo merece poder retirarse antes que el resto. Esta jubilación permite hacerlo de forma legal, con todos los derechos garantizados y con carácter vitalicio.
¿Quiénes pueden acceder?
Esta prestación está dirigida a trabajadores de dos sectores que exigen un alto grado de esfuerzo físico: la industria de la construcción y la actividad rural.
En ambos casos, las tareas deben implicar un esfuerzo físico significativo y sostenido. No basta con haber trabajado en esos sectores: es el tipo de tarea lo que determina el amparo.
Requisitos para acceder
- Tener 60 años de edad y 30 años de trabajo.
- De esos 30 años, al menos 20 deben haber sido en puestos amparados por esta causal.
- De esos 20 años en puestos exigentes, al menos 5 deben haberse desempeñado en los últimos 10 años de vida laboral.
- Los años utilizados para esta jubilación no pueden ser bonificados.
¿Cuánto se cobra?
El cálculo del monto se realiza en el marco del Nuevo Sistema Previsional Común. Se determina un Sueldo Básico Jubilatorio (SBJ) tomando el promedio de los 20 años con mejor remuneración a lo largo de toda la vida laboral del trabajador. Sobre ese SBJ se aplica la tasa de adquisición de derechos según la edad al momento del cese, conforme al artículo 46 de la ley.
La prestación se abona de forma vitalicia; es decir, se percibe mientras el beneficiario viva.
Un plus para quienes criaron hijos: el cómputo ficto por cuidados
Una buena noticia, especialmente para las mujeres trabajadoras: los hijos generan años de trabajo, es decir, cómputos adicionales que pueden sumarse a los años requeridos para jubilarse. Este mecanismo, conocido como “cómputo ficto por cuidados”, reconoce que el cuidado de los hijos también es trabajo.
¿Qué son los servicios bonificados y por qué importan?
Además de la jubilación anticipada, existe otro mecanismo que reconoce el mayor desgaste de ciertas actividades: los servicios bonificados. Aunque son figuras distintas —de hecho, los años utilizados para la jubilación anticipada no pueden ser bonificados— ambas parten de la misma convicción: hay trabajos que envejecen más rápido, y el sistema previsional debe contemplarlo.
¿En qué consiste la bonificación?
La idea es sencilla: a efectos de cumplir los requisitos mínimos de jubilación, se computan más años que los efectivamente trabajados. Un ejemplo es el de los maestros de enseñanza primaria, que cuentan con una bonificación de 4 por 3; es decir, por cada 3 años reales trabajados, se computan 4 años. Esto permite jubilarse con menos años reales de edad y de trabajo que los exigidos en general.
La bonificación aplica tanto a los años trabajados como a la edad de la persona. En el régimen de solidaridad intergeneracional, se considera para el cálculo del monto de la jubilación. En el caso del ahorro individual, el impacto puede variar según la actividad y el momento del retiro, por lo que se recomienda realizar una consulta específica.
¿Qué actividades están bonificadas?
Las actividades bonificadas son determinadas por decretos del Poder Ejecutivo y comprenden, principalmente, cuatro grandes categorías:
- Actividades que implican un riesgo cierto para la vida o afectan la integridad física o mental del trabajador.
- Actividades que exigen un alto grado de esfuerzo neuromotor, habilidad artesanal, precisión sensorial o exigencia psíquica más allá de determinada edad.
- Actividades docentes en institutos de enseñanza públicos o privados habilitados.
- Actividades con otros niveles de riesgo.
Entre los ejemplos más conocidos se encuentran:
- Docentes de enseñanza primaria — bonificación 4 x 3
- Docentes de enseñanza secundaria, educación técnico-profesional y educación física — bonificación 7 x 6
- Personal expuesto a radiaciones ionizantes — bonificación 3 x 2
- Pilotos y copilotos de aeronaves de matrícula uruguaya — bonificación 7 x 5
- Trabajadores de la pesca embarcada — bonificación 3 x 2
- Funcionarios policiales del subescalafón ejecutivo — bonificación 7 x 5
Esta lista no es exhaustiva: la normativa contempla numerosas actividades específicas. Por lo tanto, si tenés dudas sobre si tu actividad está bonificada, lo más recomendable es consultar en el BPS.
En resumen
En este 1.º de mayo, los invito a conocer sus derechos y a consultar en el BPS si consideran que pueden estar en condiciones de acceder a la jubilación anticipada por desempeño de puestos de trabajo particularmente exigentes. Un retiro digno y anticipado no es un privilegio: es el reconocimiento de una vida entera de esfuerzo.
María Elena Lloveras
Directora representante de jubilados y pensionistas en el Banco de Previsión Social (BPS)

